A- de 2015
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Ilber Arnoby Iter Guainas·Demandado Ejercito Nacional Brigada 30 De Cucuta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de Jurisprudencia
- Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Cúcuta.
Se recuerda que a través del Auto 278/15 la Corte Constitucional determinó el alcance del Acto Legislativo 02 de 2015, en relación con la competencia de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura para conocer sobre las acciones de tutela.
Se decide el asunto con la remisión de expediente Consejo Seccional involucrado en la controversia, para que proceda a archivar la copia de la acción de tutela de la referencia.
Se advierte a esta autoridad judicial que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Acto Legislativo 02/15, debe continuar ejerciendo sus funciones jurisdiccionales en materia de acción de tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Acta Núm. 67 emitida el 2 de julio de 2015 por el Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander, dentro de la acción de tutela contenida en el expediente ICC-2266. En consecuencia, REMITIR el expediente a la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander para que, proceda a archivar la copia de la acción de tutela instaurada por el señor Ilber Arnoby Iter Guainas contra el Ejército Nacional Brigada 30 de Cúcuta.
- Segundo. ADVERTIR a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Acto Legislativo 02 de 2015, continuar ejerciendo sus funciones jurisdiccionales en materia de acción de tutela.
- Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR a la Sala Civil - Familia de Decisión, del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta lo dispuesto en esta providencia.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.